Calculadora de IVU
Puerto Rico
Calcula el Impuesto sobre Ventas y Uso al instante. Tasa general 11.5%, alimentos procesados 7% y B2B 4%.
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¿Cuánto es el IVU en Puerto Rico en 2026?
El IVU en Puerto Rico es del 11.5% y se aplica a la mayoría de bienes y servicios gravados en la isla. Este porcentaje se compone de un 10.5% estatal, que se destina al Departamento de Hacienda, y un 1% municipal, que recauda cada municipio para sus obras y servicios locales. El IVU se añade al precio final en el momento de la compra y es responsabilidad del comerciante retenerlo y remitirlo a Hacienda.
Además de la tasa general del 11.5%, existen tasas especiales para situaciones concretas:
- 4% estatal (B2B): aplica a servicios profesionales designados y a servicios prestados entre comerciantes registrados. No incluye el 1% municipal.
- 7% (alimentos preparados): aplica en restaurantes y establecimientos de comida preparada (6% estatal + 1% municipal).
- 0% (exentos): alimentos básicos sin preparar, medicamentos recetados, libros y otros artículos establecidos por ley.
Aunque la tasa del 11.5% lleva años sin modificarse, hay exenciones, periodos especiales y categorías de producto que cambian cada año según las cartas circulares que emite Hacienda. Por eso, utilizar una calculadora de IVU actualizada es la forma más rápida y precisa de conocer el total exacto a pagar.
Si quieres conocer todos los detalles del impuesto, puedes consultar la guía completa del IVU.
Tasas del IVU en Puerto Rico: resumen 2026
| Tipo de transacción | Tasa IVU | Desglose |
|---|---|---|
| Bienes y servicios en general | 11.5% | 10.5% estatal + 1% municipal |
| Servicios B2B y profesionales designados | 4% | 4% estatal (sin municipal) |
| Alimentos preparados (restaurantes) | 7% | 6% estatal + 1% municipal |
| Alimentos básicos sin preparar | 0% | Exentos |
| Medicamentos recetados | 0% | Exentos |
| Libros impresos y electrónicos | 0% | Exentos todo el año |
¿Qué productos y servicios pagan IVU en Puerto Rico?
El IVU en Puerto Rico tiene un alcance amplio y aplica por defecto a la mayoría de bienes tangibles y servicios, a menos que estén expresamente exentos por el Código de Rentas Internas. Entre los más comunes que sí pagan IVU se encuentran:
- Bienes tangibles vendidos al consumidor final (ropa, electrónica, muebles, artículos del hogar)
- Servicios de reparación y mantenimiento
- Servicios de entretenimiento y recreación
- Telecomunicaciones y servicios de internet
- Servicios digitales y software
- Alimentos preparados en restaurantes, cafeterías y establecimientos de comida rápida
- Alquiler de bienes muebles (vehículos, equipos, herramientas)
- Servicios profesionales designados entre comerciantes (a tasa del 4%)
La clave para saber si un bien o servicio paga IVU es preguntarse si está expresamente exento por ley. Si no lo está, tributa. En caso de duda, lo correcto es consultar con un contador público autorizado (CPA) o verificar en el portal SURI de Hacienda.
¿Qué está exento de IVU en Puerto Rico?
La ley establece una lista de bienes y servicios que no están sujetos al pago del IVU. Conocer estas exenciones puede suponer un ahorro significativo tanto para consumidores como para comerciantes.
Alimentos básicos sin preparar
Los alimentos no preparados adquiridos para consumo en el hogar están exentos del IVU. Esto incluye carnes crudas, aves y pescado, frutas y vegetales frescos, leche, pan, arroz, habichuelas y otros ingredientes básicos. Sin embargo, el mismo alimento puede pasar a estar gravado si se vende ya preparado o listo para consumir, como ocurre con un pollo asado en comparación con un pollo crudo, o con el agua embotellada en un restaurante frente a un supermercado.
Medicamentos recetados y dispositivos médicos
Los medicamentos que requieren receta médica están exentos de IVU, al igual que ciertos dispositivos médicos cualificados. Los medicamentos de venta libre, en cambio, sí están sujetos al impuesto.
Libros impresos y electrónicos (todo el año)
Todos los libros impresos y los libros electrónicos —también conocidos como e-books, ciberlibros o libros digitales— están exentos del IVU durante todo el año, incluyendo su compra y alquiler. Esta exención no aplica a revistas, periódicos ni publicaciones periódicas por medios electrónicos.
Uniformes y materiales escolares (periodos especiales)
Los uniformes y materiales escolares están exentos durante dos fines de semana específicos al año, designados por Hacienda mediante carta circular. Para el año escolar 2025-2026, los periodos fueron el 18 y 19 de julio de 2025, y el 2 y 3 de enero de 2026. Cualifican también las compras bajo plan de pagos a plazo, con vales y por internet, siempre que la entrega ocurra dentro del periodo exento. Para el próximo año escolar, Hacienda publicará una nueva carta circular con las fechas actualizadas.
Artículos para preparativos de huracanes
Cada año, antes del inicio de la temporada de huracanes, Hacienda designa un periodo de ventas exentas de IVU para artículos de emergencia. En 2025 el periodo fue de cuatro días el último fin de semana de mayo, en cumplimiento con la Ley 96-2024, que amplió el periodo a cuatro días. Los artículos exentos incluyen generadores portátiles con precio de venta hasta $3,000, baterías, linternas, velas, equipos solares de emergencia, estufas y hornillas de gas, neveras portátiles, extintores y botiquines de primeros auxilios.
Servicios médicos y educativos
Los servicios de salud prestados por profesionales médicos licenciados están exentos del IVU, al igual que los servicios educativos formales. El alquiler residencial tampoco está sujeto al impuesto.
Ventas entre comerciantes para reventa
Cuando un comerciante registrado compra mercancía para revenderla, esa transacción está exenta del IVU. El comerciante debe presentar su Certificado de Registro de Comerciante como evidencia de la exención. De igual forma, las compras de materia prima para manufactura están exentas con la documentación correspondiente.
¿Cómo calcular el IVU en Puerto Rico?
El cálculo del IVU es directo una vez conoces la tasa aplicable. Estas son las fórmulas básicas:
- Para añadir IVU al precio: precio × 1.115 = total con IVU (para la tasa general del 11.5%)
- Para quitar el IVU del precio total: precio total ÷ 1.115 = precio sin IVU
- Para calcular solo el IVU: precio × 0.115 = importe del IVU
Para la tasa B2B del 4%, sustituye 1.115 por 1.04 en las mismas fórmulas. La calculadora de arriba hace todos estos cálculos automáticamente, incluyendo el desglose entre la parte estatal y municipal.
Preguntas frecuentes sobre el IVU en Puerto Rico
¿El IVU es lo mismo que el IVA?
No son exactamente lo mismo, aunque funcionan de forma similar para el consumidor final. El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) se aplica en cada etapa de la cadena de producción y distribución, mientras que el IVU (Impuesto sobre Ventas y Uso) de Puerto Rico se aplica principalmente en el punto de venta al consumidor final. En la práctica, el efecto para el comprador es el mismo: un porcentaje adicional sobre el precio del bien o servicio.
¿Cuándo se paga el IVU de uso?
El IVU de uso aplica cuando compras un bien fuera de Puerto Rico —por ejemplo, en una tienda en línea de Estados Unidos— y lo traes o lo recibes en la isla. Si el vendedor no cobró el IVU de Puerto Rico, eres responsable de declararlo y pagarlo directamente a Hacienda. La tasa aplicable es la misma que la tasa general del 11.5%, o la tasa que corresponda según el tipo de bien.
¿Los servicios de Amazon y plataformas digitales pagan IVU?
Sí. Las plataformas digitales de venta de bienes que realizan entregas en Puerto Rico están obligadas a cobrar y remitir el IVU. En el caso de servicios digitales como suscripciones de streaming, software y servicios en la nube prestados a consumidores en Puerto Rico, también aplica el IVU según las disposiciones del Código de Rentas Internas. Hacienda ha reforzado progresivamente el cumplimiento en este ámbito.
¿Los autónomos y freelancers pagan IVU en Puerto Rico?
Depende del tipo de servicio. Si el servicio está clasificado como un servicio profesional designado prestado a otro comerciante registrado (B2B), aplica el IVU al 4%. Si se presta directamente a un consumidor final, aplica el 11.5%. Algunos servicios pueden estar exentos. Los trabajadores independientes que prestan servicios gravados deben registrarse como comerciantes en SURI y cumplir con la remisión del IVU recaudado.
¿Cómo sé si un artículo está exento de IVU?
La forma más segura es consultar el listado oficial de exenciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico y las cartas circulares que emite Hacienda periódicamente. Como regla general, los alimentos básicos sin preparar, los medicamentos recetados, los libros y los servicios médicos y educativos están exentos. Sin embargo, la aplicación concreta depende del contexto de la compra, por lo que ante situaciones específicas es recomendable consultar con un CPA.
¿Cada cuánto cambia el IVU en Puerto Rico?
La tasa general del 11.5% se mantiene estable desde 2015 y no ha habido cambios legislativos para modificarla a fecha de abril de 2026. Lo que sí cambia cada año son los periodos especiales de exención —como los de útiles escolares y artículos de huracanes—, que Hacienda actualiza mediante cartas circulares. Cualquier cambio de tasa requeriría una enmienda al Código de Rentas Internas, un proceso legislativo que debe ser avalado además por la Junta de Control Fiscal.
Información actualizada a 26 de abril de 2026 con base en las tasas vigentes establecidas por el Departamento de Hacienda de Puerto Rico. Esta calculadora es una herramienta informativa y los resultados son orientativos. Consulta a un Contador Público Autorizado (CPA) para situaciones específicas.